Tras la publicación de la Ley 13/2015 y la Resolución
de 29 de octubre de 2015, por la que se regulan los
requisitos técnicos para el intercambio de información entre el Catastro y los
Registros de la Propiedad,
se regula la forma del
intercambio de información entre el Catastro y el Registro de la Propiedad, así
como la interoperabilidad entre sus sistemas de información, y por tanto, conocer el contenido y el formato informático
del fichero que debe contenerla (formato GML INSPIRE de la parcela catastral) obligatorio a aportar a Notarios
Registradores de la Propiedad y Catastro, así como en los trámites municipales
para georreferenciar parcelas.
La obligatoriedad es a partir del
30 de abril de 2016, no obstante ya se está pidiendo la aportación del archivo
GML junto a la documentación técnica.
En el siguiente enlace se obtiene toda la información necesaria.