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martes, 10 de septiembre de 2024

Informe Draghi sobre la competitividad de la UE: claves para la reindustrialización

No me he resistido a extraer de la prensa y otras fuentes, una pequeña pincelada del informe Draghi, que debiera servir para hacer replantearnos sobre lo que estamos haciendo y a donde nos dirigimos.

Sin discusión alguna, esta persona sí que sabe de lo que habla y por supuesto, es un experto en el tema.

Es el ámbito urbanístico, debería servir para no demonizar los suelos industriales y cualquier actividad económica privada que impulse la transformación del suelo, eso sí, no a cualquier precio.




Informe Draghi sobre la competitividad de la UE: claves para la reindustrialización.

El 9 de septiembre de 2024, Mario Draghi presentó un informe que aborda la necesidad urgente de revitalizar la competitividad de Europa. El documento subraya la reindustrialización como uno de los pilares clave para lograr este objetivo, destacando que Europa ha perdido terreno frente a competidores como Estados Unidos y China, lo que requiere una transformación en múltiples áreas estratégicas.

1.     Reindustrialización.
El informe propone una nueva estrategia industrial para Europa que refuerce el sector manufacturero, especialmente en áreas tecnológicas avanzadas y en la transición ecológica. Esto permitiría reducir la dependencia de proveedores externos en sectores críticos como los semiconductores y las materias primas, fortaleciendo la autonomía estratégica de la región.

2.     Innovación y productividad.
Uno de los grandes retos que señala el informe es la falta de empresas tecnológicas de gran escala en Europa. Actualmente, solo cuatro compañías europeas se encuentran entre las 50 principales a nivel mundial. Para revertir esta situación, es crucial facilitar la transferencia de innovación al mercado, mejorar la formación y atraer una mayor inversión privada.

3.     Energía asequible.
El elevado coste energético es otro factor que limita la competitividad industrial en Europa. El informe de Draghi propone aprovechar la transición hacia la descarbonización como una oportunidad para impulsar industrias verdes y convertir esta transición en una ventaja competitiva.

Es fundamental que esta transición se realice de manera equilibrada y progresiva, permitiendo que tanto la industria como los ciudadanos puedan adaptarse de forma sostenible y eficiente.

4.     Inversiones masivas.
Para llevar a cabo la reindustrialización y las propuestas del informe, se estima que serán necesarios entre 750.000 y 800.000 millones de euros anuales, financiados en gran parte por el sector privado, pero también mediante la creación de fondos de deuda común europea.

martes, 20 de agosto de 2024

Actualización de precios de Vivienda de Protección en Castilla-La Mancha

El 2 de agosto, se publicó en el DOCM la Orden 126/2024, de 22 de julio, de la Consejería de Fomento, por la que se actualizan los precios máximos aplicables a las viviendas protegidas en Castilla-La Mancha.

Llega esta actualización que supone un aumento del módulo de las viviendas de Protección y se regula una actualización anual.

Los módulo según el tipo de vivienda de protección sería el siguiente:


Estos valores entran en vigor a partir del próximo 22 de agosto de 2024.

Por establecer una comparativa del valor anterior, el último vigente sería:


Por poner un ejemplo, en el municipio de Ciudad Real, la variación es la siguiente:

23 de abril de 2023
Ciudad Real, Grupo B: 1.564,51€ / m2 útil

22 de Agosto 2024
Ciudad Real, Grupo B: 1.888,11 € / m2 útil


Como referencia oficial os dejo la pagina de vivienda de la Consejería de Fomento:













martes, 29 de noviembre de 2022

Planes, planes y planes ... y planeamiento urbanístico

El mundo del urbanismo y la ordenación del territorio, desde la crisis financiera e inmobiliaria del 2007/2008, está de capa caída y se culpa, de una u otra manera, de los problemas que hicieron caer en la crisis que sufrimos no solo en España, sino a nivel mundial. Pero es un hecho, que desde las administraciones públicas se debe planificar el territorio y nuestras ciudades y pueblos y no abandonar las actuaciones a simples hechos puntuales, unos mejores que otros, a trabas administrativas y a planes y proyectos que sino siguen y no tienen un amparo jurídico más allá de que sirvan para obtener subvenciones.

Las administraciones deben evolucionar y adaptarse a los tiempos con reformas tanto de la propia organización como de los recursos disponibles.

Todo esto, que parece sin conexión, trata de incidir en las actuaciones derivadas de proyectos en los se se embarcan las administraciones públicas y en particular la administración local, donde en muchas ocasiones, los proyectos, planes de actuación entran en confrontación con las normas municipales y especialmente con los planes generales.

Las tramitaciones son totalmente distintas y tanto el procedimiento como sus consecuencias jurídicas son distintas, sin embargo, no se observa en estas nuevas actuaciones un rigor en el procedimiento y ni siquiera un rigor técnico, que llega incluso a no incluir la normativa de aplicación que le es aplicable.

Pongo por caso, que parece ser que las normativas autonómicas sobre urbanismo y ordenación del territorio, solo se deben aplicar en los desarrollos urbanísticos. Recordemos que como objeto, por ejemplo, el Decreto Legislativo 1/2010, de 18/05/2010, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística, de Castilla-La Mancha, la protección del paisaje natural y urbano y del patrimonio histórico, arquitectónico y cultural.

A tenor de la legislación estatal, se introduce el artículo 14 bis. "Determinaciones sobre desarrollo sostenible", definido en la Ley 1/2021, de 12 de febrero, de Simplificación Urbanística y Medidas Administrativas, donde se expresa claramente en el apartado 5:

"5. Establecer determinaciones sobre el mejor diseño urbano y de espacios públicos, en pos de una mayor y más eficiente movilidad sostenible y con especial atención a la diversidad funcional. A tal efecto, el planeamiento urbanístico tendrá como especiales destinatarios tanto a los menores como a las personas de la tercera edad, integrará la perspectiva de género y establecerá políticas de movilidad sostenible comprendiendo criterios de movilidad peatonal y ciclista, el concepto de seguridad vial en el diseño de los espacios públicos, así como una adecuada accesibilidad de los ciudadanos al transporte público y colectivo y demás sistemas de transporte de bajo impacto."

No he querido extenderme porque se pueden añadir y concretar mucho más pero sirvan estos párrafos de reflexión sobre la utilidad de los instrumentos de ordenación urbanística y su plena vigencia, en los desarrollos actuales y futuros de nuestras ciudades, y no solo con proyectos para recoger subvenciones.


miércoles, 12 de junio de 2019

Observatorio Ciudad 3R

Dado los tiempos que corren, la información y el conocimiento ayudan en el desarrollo profesional de las actuaciones, que aunque no sean novedosas, si son grandes desconocidas para los profesionales y donde el ciudadano está involucrado en una "tormenta perfecta".

La disposición de profesionales e instituciones es positiva y es por ello que quiero destacar la web "Observatorio Ciudad 3R", donde como objetivo tiene

El Observatorio Ciudad 3R –Rehabilitación. Regeneración. Renovación– es un proyecto colaborativo y abierto, enmarcado en la línea estratégica de trabajo de la Fundación Ecología y Desarrollo (ECODES) que intenta dar respuesta a uno de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), relativo a las  Ciudades y comunidades sostenibles”  (objetivo 11), cuyo nacimiento se justifica en la necesidad ampliamente sentida por parte de algunas entidades y personas a titulo individual, que como el Grupo de Trabajo por la Rehabilitacion (GTR), vienen reclamando desde el año 2010 además de las necesarias reformas normativas en todos los niveles administrativos, instrumentos de evaluación de las políticas publicas en materia de rehabilitación y regeneración urbana.

Buena web y de consulta obligada.

lunes, 6 de agosto de 2018

Sentencia Modificación PGOU de Madrid: Wanda.

Interesante análisis de la reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid sobre el Wanda Metropolitano, vamos sobre la modificación urbanística llevada al cabo.

Os dejo el enlace : El Confidencial

sábado, 7 de julio de 2018

Comisiones de Ordenación del Territorio y Urbanismo en Castilla-La Mancha.


Una interesante fuente e información es la que aportan las administraciones y en particular en nuestra comunidad las Comisiones de Urbanismo:

- Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
- Comisiones Provinciales de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

En este enlace se puede obtener más información:

lunes, 11 de abril de 2016

Cursos IGN

Una buena oportunidad: Cursos en línea del Instituto Geográfico Nacional:

http://cursos.ign.es/



Teledetección, Fotogrametría, LIDAR y Ocupación del suelo LEOWorks 4 E-Foto
QSIG gvSIG
del 11 de abril al 20 de mayo
Sistemas de Información Geográfica (Básico) gvSIG 2.0 ArcGIS 10.3 QGISdel 18 de abril al 27 de mayo
Infraestructura de Datos Espaciales PostGis Geoserver
Geonetwork OpenLayers
CatMDEdit
del 25 de abril al 3 de junio

lunes, 21 de marzo de 2016

Intercambio de información entre el Catastro y los Registros de la Propiedad. GML

Tras la publicación de la Ley 13/2015 y la Resolución de 29 de octubre de 2015,  por la que se regulan los requisitos técnicos para el intercambio de información entre el Catastro y los Registros de la Propiedad, se regula la forma del intercambio de información entre el Catastro y el Registro de la Propiedad, así como la interoperabilidad entre sus sistemas de información, y por tanto, conocer el contenido y el formato informático del fichero que debe contenerla (formato GML INSPIRE de la parcela catastral) obligatorio a aportar a Notarios Registradores de la Propiedad y Catastro, así como en los trámites municipales para georreferenciar parcelas.
 
La obligatoriedad es a partir del 30 de abril de 2016, no obstante ya se está pidiendo la aportación del archivo GML junto a la documentación técnica.
En el siguiente enlace se obtiene toda la información necesaria.
 
  

De vuelta de nuevo ;)

Tras un periodo de inactividad, vuelvo a publicar en este blog.
Me he aficionado más al Facebook y allí he compartido las noticias que me han parecido más interesantes, sin embargo este medio es más completo e intentaré dar más contenido, incluyendo a colaboradores que pondrán en base a su formación y experiencia contrastada, una imagen actual del mundo donde vivimos.
 
 

martes, 21 de octubre de 2014

El Instituto Geográfico Nacional pone a disposición del público cerca de 48.500 mapas manuscritos a través de su web

El Instituto Geográfico Nacional (IGN) ha puesto a disposición del público a través de su página web cerca de 48.500 mapas manuscritos trazados entre 1870 y mediados del siglo XX cuyos originales se encuentran en el Archivo Topográfico del IGN.
Plano de población de Gijón (Asturias), 1919
Se trata de 35.500 minutas cartográficas, 12.500 planos de población y 500 planos de edificios que se realizaron como trabajos previos a la formación de las primeras hojas del Mapa Topográfico Nacional a escala 1:50.000 (MTN50). Todos estos documentos son fundamentales para entender la evolución del país desde el siglo XIX hasta nuestros días.

Descripción de los documentos

El proyecto inicial para la formación del Mapa Topográfico Nacional a escala 1:50.000 suponía la elaboración de diferentes mapas manuscritos que se realizaban por cada municipio. Las características de los mapas varían en función del año y de la Brigada Topográfica que realizó los trabajos.
Para facilitar las descargas se han agrupado los documentos en los siguientes productos: minutas cartográficas, planos de poblaciones y planos de edificios.
Las minutas cartográficas engloban minutas planimétricas, minutas altimétricas y minutas conjuntas. Todas ellas están realizadas a escala 1:25.000, con una precisión gráfica correspondiente a la del mapa topográfico final 1:50.000. Las planimetrías representan información referente a vías de comunicación, construcciones, cubierta vegetal, hidrografía y líneas administrativas, mientras que las minutas altimétricas simbolizan el relieve mediante curvas de nivel y puntos con cota. La información de las planimetrías junto con el relieve se representa en las minutas conjuntas. El número de documentos que hay de cada municipio varía en función de la superficie del municipio y de las actualizaciones que se realizaron.
Minuta cartográfica correspondiente a la Planimetría a escala 1:25.000 de San Vicente de la Sonsierra (La Rioja), 1929
En la categoría de planos de poblaciones están incluidos los planos de los núcleos urbanos más importantes de cada municipio. Tienen características y escalas variadas.
Plano de población a escala 1:2.000 de Caravaca de la Cruz (Murcia), 1932
Por su parte, los planos de edificios recogen aquellos que se realizaron de algunos edificios significativos. En ellos se muestra el estado de los edificios a finales del siglo XIX y se pueden observar detalles de la tabiquería interior, jardinería, etc. Las escalas utilizadas varían desde 1:100 hasta 1:500. Estos trabajos se realizaron principalmente en las provincias de Toledo y Madrid, aunque también hay planos de edificios de Ciudad Real, Segovia, Badajoz y Guadalajara.
Plano del Hospital de Dementes del Nuncio a escala 1:500 (Toledo), 1882

Descargas

Para acceder a la descarga, se puede acceder a través de la página web del IGN (http://www.ign.es/), pulsando en el icono “DESCARGAS” y seleccionando la opción de “catálogo de productos”, o bien directamente en la dirección del centro de descargas del IGN-CNIG (http://centrodedescargas.cnig.es/CentroDescargas/catalogo.do).
La descarga permite obtener cada mapa escaneado en formato jpg con una resolución de 250ppp, así como un archivo georreferenciado en formato ecw con resolución 400 ppp (Sistema Geodésico ED50, Proyección UTM huso 30 extendido).

jueves, 9 de octubre de 2014

Nuevo servicio WMS de ortofotos del IGN: PNOA histórico

Fuente: Blog IDEE

Reproduzco este artículo muy interesante y que aporta nuevos recursos.
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Evolución del municipio de Reus, en Tarragona: Ortofotos PNOA 2004, 2006 y 2008
El IGN lleva publicando las ortofotos del proyecto PNOA(Plan Nacional de Ortofotografía Aérea) desde el año 2008 a través de un servicio de visualización de mapas. Recientemente se ha actualizado para que sea conforme al Reglamento de Servicios en Red y la Guía Técnica de la Directiva Inspire. Su dirección de conexión actual es http://www.ign.es/wms-inspire/pnoa-ma.

También son parte de la familia de servicios web PNOA los servicios teselados. El servicio WMS-C (http://www.ign.es/wms-c/PNOA/PNOA) y el más moderno servicio WMTS (http://www.ign.es/wmts/pnoa-ma), cuya utilización es muy recomendable por su alto rendimiento y estabilidad.

Todos los servicios mencionados ofrecen la versión más actual de los mosaicos PNOA, pero en ocasiones los usuarios demandan poder acceder a los mosaicos de años anteriores (muy útil en temas legales, por ejemplo).

Con el objetivo de satisfacer esa necesidad, el IGN a través del CNIG, ha publicado un nuevo servicio WMS que ofrece la cobertura del proyecto PNOA por años. Hasta el momento se han publicado las ortofotos de los años 2004 (inicio del proyecto PNOA), 2005, 2006, 2007 y 2008.

Podéis encontrar una descripción de las características del servicio en su documento de capacidades o empezar a utilizarlo mediante su dirección de conexión http://www.ign.es/wms/pnoa-historico.

La versión inicial de este servicio, publicado con el softwarelibre MapServer, muestra para las escalas pequeñas una representación gráfica de la cobertura de ortofotos en el año consultado, y los mosaicos PNOA a partir de una resolución en pantalla de 19 m/píxel (escala aproximada de 1/70 000), como se muestra en la siguiente imagen:
Ortofoto PNOA del año 2005 del municipio de Toro (Zamora)
El WMS del PNOA Histórico se ira ampliando con más capas (años 2009, 2010,..) e incluirá información relativa a la resolución de las ortofotos.

Resumen de las URL de los servicios de visualización de ortofotos del IGN:

jueves, 2 de octubre de 2014

Sentencia del Tribunal Constitucional de 11 de septiembre de 2014 de la Ley de Suelo


La Sentencia del Tribunal Constitucional de 11 de septiembre de 2014, que resuelve los recursos de inconstitucionalidad contra la Ley de Suelo de 2007, y Texto Refundido de 2008, confirma, en general, el texto legal, con una sola excepción: el límite del 200% para valorar el factor de localización en suelo rural (art. 23.1 a) tercer párrafo del texto refundido).
En cuanto al método para calcular el valor del suelo, la ley adopta el de la "capitalización de rentas". El TC declara que se trata de un método conforme con la Constitución, con la excepción del inciso que prevé la capacidad del Estado para modificar "hasta un máximo del doble" el tipo normal de capitalización de la renta anual real o potencial de la explotación en los casos en los que "el resultado de las valoraciones se aleje de forma significativa respecto de los precios de mercado del suelo rural sin expectativas urbanísticas". Según el TC, el tope máximo fijado por la ley "no se halla justificado" y "puede resultar inadecuado para obtener en esos casos una valoración del bien ajustada a su valor real". El Pleno argumenta que, conforme a su propia doctrina, para realizar la valoración del bien se ha de atender "a la existencia de un proporcional equilibrio entre el valor del bien o derecho expropiado y la cuantía de la indemnización ofrecida", y el método de capitalización responde a esta exigencia.
 
Esta limitación del doble es ahora considerada inconstitucional, pues supone un obstáculo excesivo al justo precio. Sin dicho límite y sin ningún otro límite, se abre, en principio, la vía para que el suelo rural goce de una valoración adecuada y sin cortapisas en sede expropiatoria.
Téngase en cuenta que la norma que se mantiene (únicamente se anula la limitación indicada) queda sometida a la cautela legal de que no pueden considerarse expectativas de edificabilidad no plenamente realizadas (art. 23.2 TRLS08), teniendo en cuenta que para la Ley la previsión de edificabilidad no integra el derecho de propiedad hasta la realización material de la edificación (art. 7.2).
 

martes, 29 de julio de 2014

La ONU otorga un premio internacional a un proyecto para renovar un barrio de Alfafar, Valencia

Pues sí, el urbanismo en España tiene voz internacional y es para alegrarse, digo yo. La actuación es singular a lo que el urbanismo y las actuaciones urbanísticas nos tenían acostumbrados.
 
Sobre el conglomerado de viviendas de la albufera sur valenciana hay un proyecto único que ha sido galardonado con el premio internacional de Rehabilitación Urbana en Edificaciones Masivas, una distinción concedida por ONU-Hábitat por la que competían otros 751 proyectos de todo el mundo.
 
El plan se basa en la “revitalización de un barrio obsoleto de bloques de vivienda homogénea”, según cuentan sus autores, María García y Gonzalo Navarrete, miembros del estudio de arquitectura Improvistos. El vecindario está compuesto por una agrupación de edificios semejantes, alineados en cuadrículas, en el que viven alrededor de 6.000 personas en solo dos tipos de viviendas distintas: una de unos 70 metros cuadrados (todas idénticas entre sí) y otra de 90 (ídem).
 
El proyecto premiado es multidisciplinar, como el propio concurso exige. Valora cinco parámetros:
  • Urbano (mejorar el espacio público, la movilidad y promover la viabilidad cultural).
  • Económico (introducir nuevas actividades, intervenciones agrícolas e identificar áreas de valor en función del territorio).
  • Social (propuestas de género, seguridad y respeto por los derechos vecinales).
  • Medioambiental (sostenibilidad y promover un microclima a través de la vegetación y de actividades agrícolas).
  • Participación (contacto con instituciones y vecinos, promover la participación empresarial e involucrar al ámbito académico).
Os animo a visitar y a conocer el premio que aunque en ingles se entiende perfectamente la argumentación y propuesta final.
 
Fuentes:


 

Publicación en el DOCM del Decreto 71/2014, Plan de Fomento del Alquiler de Viviendas,la Rehabilitación Edificatoria, y la Regeneración y Renovación Urbanas 2013-2016 de Castilla-La Mancha.

lunes, 28 de julio de 2014

Aprobación definitiva del VI Plan de Vivienda de Castilla-La Mancha

Reproduzco la nota de la consejería de Fomento de 24/07/2014.
 
"Marta García subraya la inyección económica de 154 millones de euros para políticas de vivienda en Castilla-La Mancha
 
Asegura que el nuevo Plan de Vivienda “sitúa al ciudadano en el centro” de esta política y reactiva al sector de la construcción
Señala que el nuevo decreto incluye disposiciones novedosas que contribuirán a reducir el stock de viviendas vacías como la descalificación de viviendas con protección pública
La consejera de Fomento de Castilla-La Mancha, Marta García de la Calzada, ha subrayado la “importante inyección económica” de 154 millones de euros- entre los fondos estatales y autonómicos- para políticas de vivienda en Castilla-La Mancha hasta el año 2016.

A juicio de Marta García, que ha comparecido en la rueda de prensa, el decreto del Plan de Fomento del Alquiler de Viviendas, la Rehabilitación Edificatoria y la Regeneración y Renovación Urbanas 2013-2016 de Castilla-La Mancha aprobado hoy en Consejo de Gobierno, “culmina la tramitación del VI Plan de Vivienda”.

De este modo, ha proseguido Marta García, “ya contamos con todos los elementos para consolidar y dar continuidad a la nueva política de vivienda establecida por la presidenta Cospedal desde el inicio de la legislatura, que sitúa al ciudadano en el centro de sus iniciativas”.

García de la Calzada ha recordado que, en virtud del convenio suscrito entre el Ministerio de Fomento y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha esta misma semana –rubricado por la presidenta Cospedal y la ministra de Fomento Ana Pastor- “llegan los fondos estatales” para completar los líneas de ayudas contempladas en este Plan de Vivienda, que se elevan a una cuantía de 116 millones de euros, que se unen a los 38 millones de euros que aporta el Gobierno regional con fondos propios.

“Facilitar el acceso a la vivienda a los ciudadanos que más lo necesiten, ayudar a mantenerla y conservarla a aquéllos que ya la tienen, y ofrecer nuevas oportunidades de crecimiento al sector de la construcción son los pilares que sustentan el nuevo rumbo en materia de vivienda”, ha señalado la consejera.

Las ayudas del nuevo Plan de Vivienda
La titular de Fomento ha incidido en tres líneas de ayudas de los 6 programas que contempla el decreto aprobado hoy. En primer lugar, las destinadas al alquiler, que contarán con dos programas: uno de ayudas al alquiler de viviendas para los ciudadanos que más lo necesitan, al que se destinan cerca de 20 millones de euros; y un segundo programa para fomentar el Parque Público de Viviendas en Alquiler, con un presupuesto de seis millones de euros. El objetivo es poner suelo a disposición de las administraciones y facilitar la construcción de viviendas destinadas al alquiler social.

En segundo lugar, se ha referido al apartado de rehabilitación, con 34 millones de euros para que los ciudadanos “cuenten con una vivienda más cómoda y eficiente”; por último, en cuanto al programa de regeneración y renovación urbanas, ha indicado que se destinarán más de 7,5 millones de euros.

“Culminada esta tramitación, en los próximos meses conoceremos las convocatorias de ayudas de estas líneas”, ha afirmado Marta García, al tiempo que ha recordado que éstas ya se adelantaron al mes de mayo con 10 millones de euros para alquiler y rehabilitación.

Novedades del nuevo Plan de Vivienda
La consejera de Fomento también ha hecho especial hincapié en otras disposiciones novedosas que contempla el decreto, como la descalificación de viviendas con protección público que no se haya vendido, cumpliendo una serie de condiciones: que se acredite su puesta a la venta durante al menos 6 meses; que existan en la misma zona viviendas similares sin vender, además de estar obligado el promotor de las viviendas a devolver todas las ayudas públicas recibidas en su promoción. En su opinión, esto “contribuirá a reducir el stock de viviendas vacías”.

Por otro lado, Marta García ha aludido a la modificación del régimen jurídico de las viviendas con protección pública. Se trata de permitir la cesión de alquiler de las viviendas protegidas a personas que, habiéndolas comprado para residir en ella, por motivos excepcionales como movilidad laboral, no residan en ella, siempre que cumplan con los requisitos que marca la Administración."

PLAN ESTATAL DE FOMENTO DEL ALQUILER DE VIVIENDAS, LA REHABILITACIÓN EDIFICATORIA, Y LA REGENERACIÓN Y RENOVACIÓN URBANAS 2013-2016. CASTILLA-LA MANCHA

El Consejo de Ministros celebrado el 18 de julio de 2014 se tomó el acuerdo por el que se autoriza la suscripción de convenios de colaboración entre el Ministerio de Fomento y diversas comunidades autónomas para la ejecución del Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016, y se ratifican sus autorizaciones provisionales así como las de los convenios en esta materia con las Ciudades de Ceuta y Melilla.

El 21 de julio de 2014, La presidenta del Gobierno de Castilla-La Mancha, María Dolores Cospedal, firmó el convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para la ejecución del Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Viviendas, la Rehabilitación Edificadora y la Regeneración y Renovación Urbana 2013-2016. En virtud de este convenio, para el periodo 2013-2016, el Ministerio aporta 32 millones de euros a los que hay que sumar la subsidiaciones de préstamos de vivienda a residentes en Castilla-La Mancha, lo que supone un total de 116 millones por parte del Gobierno de España para Castilla-La Mancha. Asimismo, en base al acuerdo, el Gobierno regional aporta 38 millones de euros.

El Decreto Regional que permite poner en marcha el Plan en Castilla-La Mancha, se aprobó por el Consejo de Gobierno del 24 de julio. Está pendiente de su publicación en el DOCM. 



Normativa de referencia:

Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la ley de suelo.
BOE 154 de 26 Junio de 2008.
Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016.
BOE 86 de 10 de abril de 2013.
Ley 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas.
BOE 134 de 5 de junio de 2013.
Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas.
BOE 153 de 27 de junio de 2013.

Decreto Legislativo 1/2010, de 18/05/2010, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística.
DOCM 97, de 21 de mayo de 2010.

Modificado por: Ley 1/2013, de 21 de marzo, de medidas para la dinamización y flexibilización de la actividad comercial y urbanística en Castilla-La Mancha.
DOCM 61, de 27 de marzo de 2013.

Orden de 04/06/2014, de la Consejería de Fomento, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan ayudas al arrendamiento de viviendas.
DOCM 118 de 6 de junio de 2014.

Orden de 02/06/2014, de la Consejería de Fomento, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la rehabilitación y mejora energética de las viviendas, y se convocan las mismas.
DOCM 118 de 6 de junio de 2014.